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Internet, desde su aparición, ha supuesto un gran número de cambios en nuestra sociedad. Cada día suceden más cosas en línea: nos relacionamos con nuestros amigos y familiares, compartimos nuestras vidas en redes sociales, contratamos servicios y obtenemos todo tipo información.

Lógicamente, el uso cada vez mayor de internet ha permitido y ha impulsado una nueva forma de comprar todo tipo de bienes y servicios, es lo que se conoce como “e-commerce”.

Como acostumbra a suceder con la mayoría de las regulaciones, no ha sido la ley la que ha provocado un cambio en la realidad social, sino al contrario, el derecho ha tenido que adaptarse al cambio que supone en la realidad el aumento de empresas que venden y, especialmente, de usuarios que compran, a través de plataformas de e-commerce.

Aunque hay algunas normas que han surgido específicamente para este tipo de negocios, lo cierto es que, en general, hay diversas normas que son genéricas, para todo tipo de negocios, y cuya aplicación puede adaptarse, también, a los negocios de e-commerce.

En este sentido, hay diferentes normas que deben tenerse en cuenta a efectos del cumplimiento legal para el e-commerce. Es esencial conocerlas porque su incumplimiento lleva aparejadas sanciones que pueden llegar a ser de gran calado.

Protección de datos: El Reglamento de la Unión Europea para la protección de datos.

Se trata de un Reglamento d obligado cumplimiento desde hace pocos meses, cuyo objetivo es tratar la protección de los datos personales que proceden de los usuarios y determinar la normativa relativa a la circulación de datos en el territorio de la Unión Europea.

El Reglamento se remite a las autoridades estatales para el establecimiento de sanciones, determinando un máximo para las sanciones administrativas de 20.000.000€ para los casos más graves.

A nivel interno, la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) complementa el Reglamento y establece una regulación similar. De hecho, en cuanto a las sanciones se remite a lo previsto en el propio Reglamento.

-Negocios en línea: la Ley de Servicios de la Información y Comercio Electrónico.

Se trata de una ley específica a los prestadores de servicios en línea cuyo objeto es, en palabras de la propia ley: “la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información”.

En resumen, regula la contratación y la prestación de servicios en línea y, a estos efectos, establece un sistema de sanciones que va hasta los 600.000€ para las infracciones más graves.

-Protección de los consumidores: el Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

Se trata de la Ley que regula las relaciones entre los empresarios y los consumidores o usuarios de sus bienes y servicios.

Es, ante todo, una norma protectora de los derechos de los consumidores y usuarios que obliga a ser transparente en la información que se aporta a los usuarios y consumidores y que los protege frente a conductas abusivas de los empresarios.

En esta Ley, se determina un sistema de sanciones que alcanza los 600.000€ para las sanciones más graves, pero que lo puede superar hasta “alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de infracción”.

Al respecto de toda esta normativa, es necesario que, en el e-commerce se cumplan un conjunto de obligaciones. Se trata esencialmente de información que se aporta a los usuarios para garantizar la transparencia y la confianza.

-Información general: el “aviso legal”: Se trata de información que debe ser accesible de forma electrónica y gratuita y que incluye: nombre o denominación social, residencia o domicilio, dirección de correo electrónico y cualquier dato que permita la comunicación directa y efectiva, los datos registrales de la sociedad los datos de la autorización administrativa (si es una actividad sometida a autorización) y algunos datos relativos a determinadas profesiones reguladas. Es un documento que viene a informar al usuario de las condiciones que regirán del uso del sitio Web.

-Política de privacidad: es necesario que se identifique al titular del fichero de datos, la finalidad de la recopilación de datos y que se informe de los derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición, así como informar de cuáles de los datos recabados son obligatorios y cuáles no.

-Información relativa a la prestación del servicio o la mercancía: es necesario que el e-commerce informe con claridad en relación al precio del bien o servicio, incluyendo los impuestos y tasas, cuando sean aplicables. También debe aportarse información relativa al envío: tipo de envío y recogida, tiempo de entrega, etc. Debe informarse también de los datos de la compra realizada por el cliente.

-El documento de “Términos y Condiciones”. Se trata del documento que informa al usuario de las condiciones que son aplicables a la adquisición del bien o servicio.

Por último, debe informarse al comprador de los gastos de envío (particularmente, si están o no incluidos y, en caso de no estarlo, su cuantía) y del derecho de desistimiento que el adquirente tiene (que será de un mínimo de 14 días desde la recepción del bien o desde la celebración del contrato de prestación de servicio). La correcta información sobre el derecho de desistimiento puede parecer una nimiedad, pero nada más lejos de la realidad. No es la primera vez que un cliente que ofrece servicios acude a nosotros porque un cliente, tras haber recibido un servicio, exige la devolución de las cantidades que pagó por el mismo por ejercer el derecho de desistimiento. Si hemos informado bien al usuario de su derecho, o bien estará fuera de plazo o bien el derecho será inefectivo por haberse ejecutado totalmente el servicio. Sin embargo, de no haber informado del derecho correctamente el plazo para ejercer el derecho se extiende a un año y la completa ejecución del servicio no servirá para eximirnos, por lo que cabe la posibilidad que tengamos que devolver al cliente el dinero que pagó a pesar de que recibiese el servicio. ¡Una locura! Mejor asegurarse de tenerlo bien informado.

¡Hasta la próxima entrega!

El equipo de Cirial180º.